Ayudas a la cooperación para fomentar la participación de los agricultores en los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimentarios, en el marco del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027

El plazo de solicitud finaliza el 27/05/2025

Agencia Gallega de Calidad Alimentaria

Resolución de 10 de abril de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas de cooperación para fomentar la participación de los agricultores en los regímenes de calidad de los productos agrarios y alimentarios, en el marco del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027, y se convocan para el año 2025 (código de procedimiento MR362A).

Objeto

La resolución tiene por objeto establecer las bases reguladoras y llevar a cabo la convocatoria para el año 2025 para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas para el fomento de la participación de los agricultores en regímenes de calidad, de acuerdo con la intervención 7131 «Cooperación para fomentar la participación en regímenes de calidad de los productos agrarios y alimentarios», del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027, de acuerdo con las disposiciones aplicables a las ayudas al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (en adelante, Feader) (código de procedimiento MR362A).

Serán subvencionables los costes fijos que origine la inscripción en un régimen de calidad y la cuota anual de participación en dicho régimen, incluidos, en su caso, los costes de los controles necesarios para verificar el cumplimiento de los requisitos del mismo. No se considerarán subvencionables los costes internos o de autocontrol. En el caso de beneficiarios que hayan iniciado su actividad en una nueva orientación productiva dentro de la producción ecológica, los gastos deberán estar relacionados con esa nueva orientación productiva.

La cuantía de la ayuda será el 100% de los gastos subvencionables realizados, sin superar los 3.000 euros anuales por explotación. Se podrá cobrar un máximo de cinco anualidades y siempre dentro de los siete años siguientes a la incorporación al régimen de calidad.

No se tramitarán aquellos expedientes cuyo importe no supere los 50€.

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas físicas o agrupaciones de personas físicas o jurídicas, titulares de explotaciones agrarias inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias de Galicia (Reaga) que participen por primera vez en alguno de los regímenes de calidad de los productos agroalimentarios definidos en la letra b) del artículo 2, o que hayan participado por primera vez en los últimos cinco años. En todo caso, la fecha de inscripción deberá ser anterior a la fecha final del periodo subvencionado definido en cada convocatoria.

En el caso del programa de calidad relativo a la producción ecológica, también se considerará nueva participación si se refiere a agricultores que, habiendo estado previamente activos en dicho programa, inician la actividad de producción ecológica destinada al mercado en relación con alguna nueva orientación productiva. En todo caso, esta nueva orientación productiva debe tener una dimensión económica suficiente para superar la consideración de actividad de autoconsumo. A estos efectos, el Anexo III enumera, para distintas orientaciones productivas, los valores que deben superarse para considerar que la actividad tiene vocación comercial y, por tanto, está por encima de los valores de simple autoconsumo.

Entidades que tengan la consideración de empresas en crisis, según los criterios establecidos en el artículo 2, apartado 18, del Reglamento (UE) n.º. Están excluidos de esta ayuda. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por la que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, así como aquellas para las que está pendiente una orden de recuperación a raíz de una decisión de la Comisión que declara las ayudas ilegales e incompatibles con el mercado interior.

Gastos elegibles para la convocatoria 2025

Para la convocatoria 2025 serán elegibles los gastos atribuidos a la campaña que abarquen el periodo comprendido entre el 1 de mayo de 2024 y el 30 de abril de 2025.

Importe

Las subvenciones concedidas se financiarán con cargo al presupuesto de la Agencia para el año 2025, en la aplicación presupuestaria 15.A2.713D.770.1, código de proyecto 2025.00003, con una dotación de doscientos cuarenta mil (240.000 €). Esta partida sirve para financiar la intervención 7131 «Cooperación para promover la participación en regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimentarios», del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027. La intensidad máxima de ayuda es de 100 % y está cofinanciada con 60 % por el FEADER.

Fecha límite de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes comenzará a correr el día siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Galicia y finalizará el 27 de mayo de 2025.

Más información

-En la Base de Datos Nacional de Subsidios (BDNS Identif.: 827258): https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/827258

-Bajo la dirección de la Agencia Gallega de Calidad Alimentaria.

-PERRO Nº: 76 (público. 22/04/2025): https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2025/20250422/AnuncioG0528-100425-0001_gl.pdf

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