Ayudas para la transformación digital de las pymes para el año 2025 (Programa Galicia Feder 2021-2027)

El plazo de solicitud finaliza el 20/02/2025

Instituto Gallego de Promoción Económica

Resolución de 9 de diciembre de 2024, por la que se da publicidad al acuerdo del Consejo de Administración por el que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a la transformación digital de las pymes para el año 2025, cofinanciadas por la Unión Europea en el marco del Feder Galicia 2021-2027 programa, y se convocan bajo un régimen de licitación competitiva (código de procedimiento IG300C).

Objeto

Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia competitiva y están destinadas a apoyar la ejecución de proyectos de digitalización cuyo objeto sea la implantación de soluciones que den soporte digital a los procesos de una empresa, así como proyectos de interconexión digital entre una empresa gallega y otras, o entre dos o más empresas. Más empresas gallegas. Estos proyectos pueden incluir, entre otros, órdenes de fabricación distribuidas, sistemas de facturación o procesos de coordinación entre un líder industrial y las pymes que componen su cadena de valor.

Personas beneficiarias

Pequeñas y medianas empresas (PYME), según la definición establecida por la Comisión Europea en el Anexo I del Reglamento (UE) 651/2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 107 y 108 del mismo. Tratado (Reglamento General de Exención por Categorías), cualquiera que sea su forma jurídica, incluidos los empresarios autónomos, que tengan un centro de trabajo en Galicia en el que se vaya a ejecutar el proyecto.

Podrán ser elegibles como beneficiarios las pequeñas y medianas empresas de cualquier sector de actividad económica incluido en el ámbito de aplicación del citado Reglamento (UE) 651/2014, teniendo en cuenta las excepciones señaladas en el punto 4.a) de las bases.

Las PYMES podrán solicitar ayudas para los tipos de proyectos individuales descritos en el artículo 1.a) de las bases.

Para solicitar ayudas para los tipos de proyectos colectivos descritos en el artículo 1.b) de las bases, los interesados deberán constituir previamente una agrupación según lo previsto en el artículo 8.3 de la Ley 9/2007. Este grupo deberá estar formado por al menos dos pymes con centro de trabajo en Galicia.

Importe

Los créditos disponibles para concesiones en esta convocatoria se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria 09.A1.741.A.7700 por un importe de 3.000.000 €, y por los siguientes importes y con la siguiente distribución plurianual:

Proyectos tipo 1 (<50.000€): 50.000€ en 2025 y 850.000€ en 2026.

Proyectos tipo 2 (entre 50.000 y 120.000 €): 25.000 € en 2025 y 875.000 € en 2026.

Proyectos tipo 3 (>120.000€): 25.000€ en 2025 y 1.175.000€ en 2026.

Fecha límite de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de las solicitudes de ayudas se iniciará a los 5 días hábiles del día siguiente al de la publicación de la resolución de convocatoria en el Diario Oficial de Galicia y será de un mes desde las 9:00 horas del día de inicio del plazo y hasta las 14:00 horas. del día en que se cumpla el mencionado plazo de un mes.

Más información

-En la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS Identif.: 807137): https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/inicio

-En el Instituto Gallego de Promoción Económica (IGAPE): https://www.igape.gal/gl/oficinavirtual

- PERRO Nº 7 (publicado el 13/01/2025): https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2025/20250113/AnuncioO92-101224-0001_gl.pdf

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