Instituto Gallego de Promoción Económica
Resolución de 9 de diciembre de 2024, por la que se da publicidad al acuerdo del Consejo de Administración por el que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a las agrupaciones empresariales innovadoras (clústeres) de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2025, y se da curso a su convocatoria al amparo de la régimen de licitación competitiva (código de procedimiento IG410A).
Objeto
Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia competitiva y tienen como finalidad apoyar proyectos compuestos por planes de actuación que proporcionen un mejor apoyo a la competitividad sostenible, la innovación y la cooperación empresarial en diferentes áreas de actividad en Galicia, mediante la concesión de subvenciones a personas jurídicas gestoras de proyectos innovadores. Agrupaciones empresariales gallegas (clusters) para realizar actividades en estos ámbitos.
Personas beneficiarias
Agrupaciones empresariales innovadoras (clústeres), que se conciben como una combinación en el espacio geográfico gallego de empresas y centros tecnológicos, de investigación o de formación, públicos o privados, implicados en un proceso colaborativo dirigido a la obtención de beneficios derivados de la cooperación y cuya actividad se organiza en torno a una cadena de valor o sector tecnológico, o un mercado o segmento objetivo, que cumpla alguna de las siguientes condiciones:
a) Entidades que tengan su domicilio social en Galicia y cuenten, en la fecha de la solicitud, con el reconocimiento como AEI (agrupación empresarial innovadora) dentro del Programa de Excelencia del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, o que cuenten con el sello Oro de Excelencia en la gestión de clusters emitido por ESCA (Secretariado Europeo para el Análisis de Clusters).
b) Entidades clúster que fueron beneficiarias en la última convocatoria de 2022 de las ayudas Igape a agrupaciones empresariales innovadoras (clústeres) en la Comunidad Autónoma de Galicia (trámite IG410A) o beneficiarias en la última convocatoria de 2022 de las ayudas Igape a agrupaciones empresariales innovadoras emergentes ( clusters) emergentes) en la Comunidad Autónoma de Galicia (procedimiento IG410A).
c) Entidades que, sin cumplir ninguna de las condiciones anteriores, cumplan los siguientes requisitos:
I. Que han creado una entidad con personalidad jurídica propia y sin ánimo de lucro para gestionar el grupo clúster.
II. Que representen un campo de actividad o una cadena de valor cuyo volumen de negocio conjunto en Galicia supere el valor de 1 % del PIB de la Comunidad Autónoma en el año 2023, que se calculará a partir de la suma agregada del volumen de negocio de las CNAE que definen la campo de actividad o cadena de valor en Galicia.
iii. Colaborar y desarrollar proyectos en cooperación en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia.
iv. Que al menos el 60 % de sus asociados directos sean empresas y, de éstos, que 50 % o más tengan centro de trabajo en Galicia.
v. Que tengan como socios directos a varias empresas que cumplan al menos dos de los tres requisitos siguientes, lo cual se acreditará con información proveniente de fuentes ampliamente reconocidas de información financiera y de negocios:
1º. 30 % del volumen de negocios del ámbito de actividad cubierto.
2do. 10 % de empresas del ámbito de actividad.
3º. 20 % de empleo en el ámbito de actividad.
Yo vi. Capacidad tecnológica y de innovación. El cluster deberá contar con centros tecnológicos asociados o puestos a disposición mediante colaboración con otras entidades. En este último caso, sólo se considerarán válidos a estos efectos los convenios de colaboración con contenido específico en materia de innovación y tecnología, y se rechazarán los convenios con contenido general, de gestión o administrativo, incluso si se suscriben con centros o instituciones tecnológicas.
viii. Proyección internacional. El ámbito de actividad del cluster debe tener vocación y proyección hacia los mercados internacionales por su propia naturaleza, y no representar exclusivamente a un tejido empresarial local o de proximidad.
8vo. Capacidad para ejecutar proyectos que involucren a sus asociados. El clúster deberá acreditar esta capacidad mediante un informe de actividades realizadas en los últimos 2 años, enumerando y describiendo brevemente los proyectos desarrollados junto con sus socios o promoviendo su participación, hayan contado o no con financiación pública. Se considerará que tienes esta capacidad si puedes acreditar la ejecución de al menos dos proyectos al año.
Importe
Los créditos disponibles para concesiones en esta convocatoria se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria 09.A1.741.A.7816 y por los siguientes importes y con la siguiente distribución plurianual: 700.000 € con cargo al año 2025 y 1.300.000 € con cargo al año 2026 .
Fecha límite de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de las solicitudes de ayudas se iniciará a los 5 días hábiles del día siguiente al de la publicación de la resolución de convocatoria en el Diario Oficial de Galicia y será de un mes desde las 9:00 horas del día de inicio del plazo y hasta las 14:00 horas. del día en que se cumpla el mencionado plazo de un mes.
Más información
-En la Base de Datos Nacional de Subsidios (BDNS Identif.: 807187): https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/inicio
-En el Instituto Gallego de Promoción Económica (IGAPE): https://www.igape.gal/gl/oficinavirtual
- PERRO Nº 7 (publicado el 13/01/2025): https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2025/20250113/AnuncioO92-101224-0008_gl.pdf