Ayuda a mitigar los daños causados por el oso pardo

El plazo de solicitud finaliza el 30/10/2025

Ministerio de Medio Ambiente y Cambio Climático

Orden de 4 de diciembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para paliar los daños causados por el oso pardo y convocada para el año 2025 (código de procedimiento MT815A).

Objeto

Establecer las bases reguladoras de una línea de ayudas destinada a compensar a los titulares de explotaciones ganaderas por los daños causados por el oso pardo, así como proceder a su convocatoria para el año 2025 (código de procedimiento MT815A).

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios los titulares de explotaciones ganaderas que estén incluidas en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA) de Galicia.

Alcance temporal

Las ayudas a que se refiere esta orden incluyen los daños ocasionados por el oso pardo que se produzcan desde el 1 de octubre de 2024 hasta el 30 de septiembre de 2025.

Comunicación del daño

En un plazo máximo de tres (3) días hábiles contados a partir de que se produzca el daño, los beneficiarios deberán comunicarlo al Departamento de Medio Ambiente y Cambio Climático llamando al 012 en horario laboral, donde se les facilitará una clave que les servirá para autenticar la llamada e identificar el archivo.

El horario de atención telefónica es de 8:00 a 20:00 horas, de lunes a viernes, y de 8:00 a 17:30 horas, los días sábados.

Para los daños encontrados entre las 17.30 horas de los sábados y las 8.00 horas de los lunes, la notificación del ataque se realizará dentro de las veinticuatro horas siguientes a partir de las 20.00 horas del domingo.

La escena no podrá ser manipulada a fin de no entorpecer la labor del personal de la policía ambiental que se desplaza al lugar para valorar los hechos y levantar el informe correspondiente. A tal efecto, se adoptarán las medidas adecuadas para evitar, en la medida de lo posible, la alteración del lugar de los hechos, evitándose en todo caso el traslado de elementos del lugar de los hechos.

Los animales heridos podrán ser atendidos por personal veterinario con la menor manipulación posible para no entorpecer las labores de investigación.

Cuantía

La cantidad asignada es de ciento veinte mil euros (120.000,00 €), sin perjuicio del incremento presupuestario que pueda realizarse con remanentes adicionales de acuerdo con la disponibilidad crediticia. En todo caso, las concesiones estarán limitadas a la disponibilidad presupuestaria.

Fecha límite de presentación de solicitudes

Los plazos para presentar la solicitud de ayuda serán los siguientes:

a) Para los daños que hayan sido comunicados a los servicios de Patrimonio Natural de las direcciones territoriales del Ministerio de Medio Ambiente y Cambio Climático entre el 1 de octubre de 2024 y la fecha de publicación de la presente orden, el plazo de presentación será de 1 mes desde la fecha de notificación. entrada en vigor de la presente orden.

b) Para los daños causados desde la entrada en vigor de esta orden, el plazo de presentación será de 1 mes a contar desde el día siguiente a la notificación del daño causado de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5 de esta orden.

Más información

-En la Base de Datos Nacional de Subsidios (BDNS Identif.: 805679): https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/inicio

-En la Dirección General de Patrimonio Natural.

- PERRO N°: 2 (publicado el 01/03/2025): https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2025/20250103/AnuncioG0760-051224-0003_gl.pdf

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