Aguas de Galicia
Resolución de 28 de marzo de 2025 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para la ejecución de actuaciones de reducción de infiltraciones en las redes municipales de saneamiento en municipios de la Comunidad Autónoma de Galicia, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, y se procede a su convocatoria para el año 2025 con carácter plurianual (código de procedimiento AU300D).
BDNS (Identif.): 826195.
Objeto
Establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para la ejecución de actuaciones de reducción de infiltraciones en las redes municipales de saneamiento en municipios de la Comunidad Autónoma de Galicia, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, y convocar estas subvenciones para el año 2025 (código de procedimiento AU300D).
Entidades beneficiarias
Las entidades beneficiarias de estos subsidios podrán ser los municipios responsables de sistemas de abastecimiento que atiendan a una población menor de 20.000 habitantes.
Importe
Las subvenciones reguladas en esta resolución se financiarán con cargo a la cuenta financiera 6566 (subvenciones de capital a corporaciones locales) de la entidad pública empresarial Augas de Galicia, por importe de un millón de euros (1.000.000 €) con cargo al ejercicio anual 2025 y de un millón quinientos mil euros (1.500.000 €) con cargo al ejercicio anual 2026, con fondos del MRR, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por el programa UE-NextGenerationEU.
La cuantía de las subvenciones será del 100% de la inversión en la actuación propuesta, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, con un límite máximo de cuarenta y cinco mil euros (45.000,00 €) por solicitud, hasta agotar el crédito disponible previsto en la resolución.
Acciones elegibles
1. Las inversiones realizadas a partir de la fecha de publicación de esta convocatoria de subvenciones destinadas a la ejecución de actuaciones incluidas en la auditoría municipal de las redes de saneamiento aprobada por la entidad local serán subvencionables, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
a) La auditoría municipal de la red de saneamiento aprobada por el consejo municipal deberá contar con un plan de acción para la reducción de infiltraciones en la red de saneamiento municipal en el que se recopile toda la información generada, el análisis e interpretación de los resultados obtenidos, el inventario de las deficiencias detectadas y las propuestas de medidas correctoras para su corrección, priorizadas y valoradas técnica y económicamente.
b) Las actuaciones propuestas deberán incluir, como mínimo, que el 15% del importe subvencionado se destine a inversiones que permitan una mejor gestión digital del ciclo urbano del agua y un mejor control y calidad del agua en los vertidos de aguas residuales, aunque esta previsión de mejora de la gestión digital no estuviera incluida en el plan de actuación para la reducción de infiltraciones en la red de saneamiento.
Estas inversiones que permiten una mejor gestión digital del ciclo urbano del agua y un mejor control y calidad del agua en los vertidos pueden ser, entre otras, del siguiente tipo: ejecución de actuaciones que mejoren la eficiencia y el seguimiento del sistema, como la instalación de caudalímetros, sondas y/o sensores para la medida de parámetros de calidad como pH, conductividad, turbidez, etc. que permitan identificar los puntos críticos del sistema y aquellos donde se necesita una mayor información y control; sensores de alivio; acciones que mejoren el conocimiento del sistema, como la cartografía en un sistema de información geográfica, el modelado hidráulico, el modelado de información de construcción (BIM), etc.; instalación o mejora de los sistemas de comunicación necesarios para una mejor gestión del ciclo urbano del agua; desarrollo, actualización o mejora de plataformas, portales web o sistemas de información que favorezcan la comunicación digital con los usuarios y la gestión y control remoto de las instalaciones.
2. Se subvencionarán tanto las inversiones realizadas en la ejecución de las obras como los gastos asociados a las mismas: honorarios por elaboración de la documentación técnica, honorarios por actividades preventivas y acciones de coordinación empresarial y honorarios por la dirección de las obras; Los honorarios totales podrán alcanzar un máximo del 10% de la subvención.
3. En ningún caso se considerarán gastos subvencionables el Impuesto sobre el Valor Añadido ni otros impuestos indirectos, además de los gastos incluidos en el artículo 29 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
Fecha límite de presentación de solicitudes
El período de solicitud comenzará a las 9:00 horas del día 23 de abril de 2025 y finalizará a las 14:00 horas. el 23 de mayo de 2025.
Más información
-En la Base de Datos Nacional de Subsidios (BDNS Identif.: 826195): https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/826195
-En la web oficial de Augas de Galicia: https://augasdegalicia.xunta.gal
-PERRO Nº: 71 (público. 04/11/2025): https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2025/20250411/AnuncioO143-010425-0002_gl.pdf