Departamento de Empleo, Comercio y Emigración
Orden de 19 de febrero de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones para el impulso de una Red de mercados de excelencia en Galicia y la dinamización y dinamización de mercados agrarios, y se procede a su convocatoria para el año 2025 (código de procedimiento IN223A).
Objeto
La concesión de subvenciones de la Consejería de Empleo, Comercio y Emigración para impulsar una Red de Mercados de Excelencia en Galicia y la dinamización y dinamización de los mercados agrarios.
Personas beneficiarias
1. Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las siguientes entidades, sin perjuicio del cumplimiento de los demás requisitos establecidos en estas bases reguladoras:
a) Los municipios gallegos que dispongan de un mercado con el sello de Mercado Excelente otorgado de acuerdo con la Orden de 4 de enero de 2017 por la que se regula el procedimiento para la obtención del sello de Mercado Excelente en la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 13, de 19 de enero), o aquellos que estén en proceso de obtención del mismo.
Los municipios deberán cumplir con el deber de remitir a la Junta de Cuentas las cuentas generales de cada ejercicio en los términos previstos en el artículo 4 del Decreto 193/2011, de 6 de octubre, por el que se regulan las especialidades en materia de subvenciones a las entidades locales gallegas.
b) Las federaciones y asociaciones de vendedores ambulantes de puestos de alimentación, sin ánimo de lucro, legalmente constituidas y cuyo ámbito de actuación se desarrolle en la Comunidad Autónoma de Galicia. En el caso de asociaciones de vendedores ambulantes de comida, el número de asociados deberá representar, al menos, el 50% de los puestos ocupados en el puesto de comida. A estos efectos, los cargos ocupados por una misma persona se computarán como una sola unidad.
Las federaciones y asociaciones deberán tener una antigüedad mínima de tres años a la fecha de publicación de esta orden y estar al corriente de la obligación de aprobar las cuentas anuales por la junta directiva de los dos últimos ejercicios anteriores a la presente orden de convocatoria.
c) Las cooperativas de vendedores de mercados de abastos legalmente constituidas y cuyo ámbito de actuación se desarrolle en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Importe
Para la concesión de estas subvenciones se destinará un crédito total de 3.307.400,00 €, que se distribuirán de la siguiente manera:
a) Municipios:
Se asignará un crédito total de 3.000.000,00 € con cargo a la aplicación presupuestaria 14.06.751A.761.3 y código de proyecto 2015 00275, con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para los años 2025 y 2026.
b) Federaciones, asociaciones de puestos y mercados de alimentos y cooperativas de vendedores de puestos de alimentos:
Se destinará un crédito total de 307.400,00 € a las solicitudes presupuestarias 14.06.751A.781.1 y 14.06.751A.770.1, y código de proyecto 2015 00254 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2025.
Fecha límite de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a partir de las 9:00 horas del día 12 de marzo de 2025.
Si el último día del plazo fuere inhábil, se entenderá prorrogado hasta el primer día hábil siguiente, y si en el mes del vencimiento no hubiere día equivalente al de la publicación, se entenderá que el plazo vence el último día del mes.
Más información
-En la Base de Datos Nacional de Subsidios (BDNS Identif.: 817005): http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index
-La información sobre este trámite administrativo, que tiene el código IN223A, se puede obtener a través de los siguientes medios:
1. En la guía de procedimientos y servicios de la Xunta de Galicia en la dirección https://sede.xunta.gal
2. En la página web oficial del Ministerio de Empleo, Comercio y Emigración.
3. En el número de teléfono 981 54 55 48 de la Dirección General de Comercio y Consumo.
4. En la dirección de correo electrónico dxc.axudas.comercio@xunta.gal
Además, para consultas generales sobre este u otro trámite, puede utilizar el teléfono de información general de la Xunta de Galicia: 012 (desde el resto del Estado: 902 12 00 12).
-Número de perro: 41 (publicado el 28/02/2025): https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2025/20250228/AnuncioG0767-180225-0001_gl.pdf